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  • Consulta : 195296
  • Autor : MARÍA
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  • Autor
    Respuesta No: 314949

  • MARÍA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Bienes mancomunados 50% a cada uno, la patria potestad no es renunciable, renunciaras a la custodia, tus obligaciones alimentarias persisten aunque perdieras la patria potestad por causa suficiente, si no quieres ver a tus hijos nada te obligará a hacerlo aunque lo ordene un Juez, la casa se queda como domicilio familiar pero se conserva tu 50%, pero paga tu parte predial, contribuciones, etc. para que conserves tu derecho.