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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Abril de 2013 13:10 2013-04-25 13:10 desde IP: 201.141.37.219
Buen Día Por lo que comenta Usted lo que puede hacer con respecto a los recibos es que al momento de que pague la renta , Usted le expida a él arrendador un recibo en el cual conste que mensualidad y cantidad le está pagando así se puede amparar del pago de la renta Ahora bien con en la parte que comenta que existen más personas viviendo en la casa el arrendador al ser el dueño puede rentar libremente ,a no ser que en el contrato que firmó con Usted establezca lo contrarío y esto sería causa de rescisión de contrato Atentamente Lic. Calderón Tel 62631479, 0445513365622 Saludos
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