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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Abril de 2013 00:01 2013-04-22 00:01 desde IP: 201.124.15.246
claro, usted puede ejecitar dos acciones, la primera que se le de vista al ministerio publico adjunto al juzgado por el delito de falsedad en declaración y falsificación de documentos, y segundo objete las pruebas documentales haciendo evidentes los errores en los que incurre su contraria, pero pongase ducho, esto es basico!!! saludos
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