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  • Consulta : 194533
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 314447

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ninguna...

    cuando nazca el menor... si no es reconocido... podras hacer un juicio de reconocimiento de paternidad ... que tendras que pagar tu  y que no sera reembolsable... parque al final... le den pensión A TU HIJO... no a ti... solo a el... y sin que sea reconocido ningun gasto anterior a su nacimiento... ni ninguno referente a los gastos de juicio... todo corre por tu cuenta... que puedas con los gastos o no... eso no le importa al juez ... y la ley no  obliga a quien tu dices que es el padre... y cuando lo digo es que no es el padre... hasta que tu lo demuestres o el... lo admita con el reconocimiento puro... llano y simple...