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  • Consulta : 194248
  • Autor : abodgo
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  • Autor
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  • abodgo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    por el número de semanas cotizadas tiene derecho a una pension, si quiere hacerlo bajo ley 97 acuda a solicitar los requisitos pero bajo la ley 73 necesita cotizar al menos un año mas para que se le reconozcan las semanas cotizadas. por lo regular para efectos de $$ conviene mas ley 73