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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Abril de 2013 21:52 2013-04-05 21:52 desde IP: 201.141.228.159
cameo.1954_NR
Haga usted caso omiso de las erroneas respuestas anteriores.
El Codigo de Procedimentos Civiles para el Estado de Jalisco señala en su articulo 127 lo siguiente:
Artículo 127.- Los términos judiciales serán individuales y empezarán a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere hecho el emplazamiento o notificación.
Si le notificaron la demanda el pasado dia dos de abril del presente año, el termino de cinco dias para dar la contestacion a la demanda corren del dia tres al dia nueve de abril.
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