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  • Consulta : 192602
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los embargos se efectuan en dias y horas habiles, las diligencias se pueden realizar en dias y horas inhabiles siempre y cuando se justifique el giro del negocio. Para la Ampliacion de Embargo debera diligenciarse con el deudor y si no se encuentra se dejara citatorio para que espere a la hora y dia citados, si no esta presente la diligencia se realizara con quien se encuentre en el domicilio.