- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 192484
- Autor : enajera
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 87
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6893
-
: 50 % -
: 50 %
-
AutorRespuesta No: 312902
-
Fecha de respuesta: Jueves 04 de Abril de 2013 12:15 2013-04-04 12:15 desde IP: 201.127.62.221
De acuerdo contigo licenciado...ese medio de prueba no tiene valor...y no indique lo contrario..
Por ello la sugerencia que lo presentera como un modificatorio al exhibido en el expediente origen....por eso es que le comente al consultante advirtiendole que como bien le mencionaste tu mi lic que si al momento de presentarlo o al solicitarle su ratificacion la niega...tendria que abrir juicio de controversia....
Pero en resumidas cuentas no se si este de acuerdo de comentarle al consultante como punto de acuerdo: Uno.- lo requiere por escrito. Dos.- Se debe presentar y ratificar en juzgado y Tres.- El medio que señala no es idoneo y el tiempo de duracion no es estimativo del abogado depende de la carga de trabajo de juzgados, desarollo del proceso e interes de impulso procesal de las partes...
-
Autor





