Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 192484
  • Autor : enajera
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 87
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6893
  • : 50 %
  • : 50 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 312888

  • enajera
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Fuera de las respuestas sarcasticas...te comento:

     

    Cuando las cuestiones del orden familiar no impliquen controversia entre partes antagónicas, son aplicables las normas de los procedimientos no contenciosos.  Si  surgiere algún litigio, el asunto se regirá y ventilará por lo establecido para la jurisdicción contenciosa.

    Es decir presentan el convenio que planteas dentro del expediente donde te fue otorgada la custodia...a efecto de modificar el mismo...si surge controversia...se va a litigio...