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  • Consulta : 192329
  • Autor : manito
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  • manito
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    elenaaba 71 existe cesantia de edad avanzada cuando el trabajador llega a  la edad de 60 años o mas y queda privado de trabajos remunerados, el seguro social , previo tramite del asegurado esta obligado a darle las prestaciones siguientes 1.- pension  2.- asistencia medica .- asignaciones familiares

    cuando el trabajador llega a los 60 años de edad y no reuna las semanas cotizadas que marca la la ley (la vigente hasta el mes de junio 1997, ) un minimo de 500 cotizaciones y con la nueve ley que son 1250 semanas, si no reune

    las semanas cotizadas  en la nueva ley pero tiene cuando minimo 750 semanas solo tendra derecho a las prestaciones de especie del seguro de enfermedades y maternidad  y retirar su saldo de cuenta individual en una sola exhibicion  o seguir pagando en la continuacion voluntaria para tener derecho a la pension de vejez , asistencia medica, de enfermedad y maternidad, asignaciones familiares y ayuda asistencial