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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Octubre de 2013 10:46 2013-10-21 10:46 desde IP: 201.145.110.218
Hola Lic. Valdés.
Vengo desde otro foro, donde formulé una consulta para extinguir una A.C. en tal foro se decía podían liquidarse, sin embargo consultando en el SAT, me informan que no es posible liquidarlas, al confirmar esta inquietud, me surge la duda cuál es el procedimiento detallado para extinguir una A.C. (para efectos del SAT sé que debe presentarse un aviso de cese total de operaciones). Acudo a tí, porque mencionabas en el otro foro que no es posible liquidarlas.
Te agradecería pudieras brindarme esta información, ya que en ningún lugar he podido obtenerla.
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