Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 192265
  • Autor : Primus Tribunus
  • Consultas en Foro: 14
  • Respuestas en Foro: 2384
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 22 %
  • : 77 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 312695

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    intelecta.mexico:
    Desde luego que existe un delito, pero ni usted ni el forista que primeramente le respondió lo supieron encuadrar dentro del tipo penal correcto, que es el de robo equiparado y previsto por el artículo 368 fracción II del Código Penal Federal y sus correlativos del fuero común, aunque desde ahora le hago patente el problema de probar el hecho típico, ya que se requerirá de una inspección ministerial previa a que el sujeto activo sea citado a declarar...