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  • Consulta : 191932
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 312455

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    de hecho puede hacer lo que quiera... de derecho... no es tiutular de nada y solo esta causando problemas... primero debe ser dueño... tener derecho de propiedad y luego podra hacer la transferencia que quiera... sin el pleno dominio... no tiene nada...