Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 191743
  • Autor : fabricio1984
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 171
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 312178

  • fabricio1984
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Para eso hay ABOGADOS titulados que si conocen el procedimiento se contratan para que a su nombre ejerzan el derecho de defenderse, si ya concluyó el término no existe violación al procedimiento ni a sus garantías ya que se le dió y al hacer caso omiso precluye todo derecho que Usted tenía, por lo que ya no puede hacer nada, mas que llegar a un acuerdo como deudor, y solicitar alguna prórroga, por no asesorarse legalmente en su momento, pasan estas cosas.

    Lic. Fabricio Frias Vejar.