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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Marzo de 2013 12:29 2013-03-24 12:29 desde IP: 187.207.109.188
Lic Lara:
Si me ilustrara Usted respecto del comentario que realiza en el sentido de que: “””-Pues el simple hecho de decir: "mi papa me vendió" o "mi papa me dono" es lo mismo-“””, se lo agradecería mucho, toda vez que, hasta donde tengo entendido ya que en este país puede suceder lo que sea, la donación y la compraventa son figuras muy diferentes respecto de su alcance legal, lo anterior solo por mencionar que:
Las donaciones pueden ser puras, condicionales, onerosas o remuneratorias, lo que no sucede en la especie con las compraventas, para darse cuenta de lo anterior.
SALUDOS
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