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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Marzo de 2013 18:54 2013-03-24 18:54 desde IP: 187.201.250.55
Es una demanda mercantil, y te sugiero que primero lo interpeles EXRAJUDICIALMENTE ANTE NOTARIO PÚBLICO, PARA QUE PASADOS LOS 30 DÍAS HÍABILES QUE MARCA LA LEY, LO PUEDAS DEMANDAR, saludos.
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