Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 191332
  • Autor : ABOMAU68
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 2423
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 311773

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lunajaz4_NR

    El incremento de la renta del 15% contemplado en la CLAUSULA SEXTA, puede ser que contraviene lo estipulado por el articulo 2448-D del Codigo Civil para el Distrito Federal, toda vez que el incremento de la renta no podra exceder del 10% cuando el importe de la renta no exceda de 150 salarios minimos.