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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 15:18 2013-03-20 15:18 desde IP: 189.221.47.199
Me parece que en definitiva es lo mejor lo que me comenta y me imagino que ha de ser mucho más rápido y menos costoso el procedimiento judicial no contencioso o jurisdiccion voluntaria que entablar el de paternidad, pensión, etc.
Inmediatamente de registrarlo debo realizar dicho trámite?, el mismo día? porque mientras el tiempo pasa supongo es peor he de suponer
Darlo de alta ante el seguro social deberá ser inmediatamente después de registrarlo ciertamente, ella tiene seguro popular, y como me había mencionado eso disminuye el monto de la pension que le pasaria demostrándolo con el papel de inscripcion (dado que lo más probable es que no sería yo quien lleve al niño a consulta), eso aumentaría mis probabilidades de que llevando a cabo el trámite de jurisdicción voluntaria y siendo que ella estuviese a disgusto y exija pensión alimenticia, de que el juez sea benévolo conmigo? o ese casi criterio generalizado ya iba incluido en el plus de imss?
No se mal entienda mi pregunta, por su puesto que con bajar el monto de la pensión no me refiero que sea menor del 15% la pregunta no va por ahí, va por aquello de la benevolencia del juez en caso de que la madre estuviera inconforme.
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