- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 190965
- Autor : moylopez132
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 254
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 311343
-
Fecha de respuesta: Martes 19 de Marzo de 2013 00:42 2013-03-19 00:42 desde IP: 204.14.79.178
Esto es legal y debe recibir el doble del pago diario por el servicio prestado siempre y cuando ese dia le haya tocado laborar cuando era su dia de descanso, si ese dia era su descanso y toco en dia inhabil, no le corresponde ningun tipo de pago extra..
La ley federal del trabajo marca que los dias festivos para el trabajador son :
1 de enero
primer lunes de febrero en conmemoracion al 24 de febrero
tercer lunes de marzo en conmemoracion al 21 de marzo
1 de mayo
16 de septiembre
tercerlunes de noviembre en conmemoracion al 20 de noviembre
1 de diciembre de cada 6 años por toma presidencial
25 de diciembre y demas dias por jornadas electorales.
-
Autor





