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  • Consulta : 190855
  • Autor : felixfrancisco
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    Respuesta No: 311320

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En términos laborales la rescisión deriva de un conflicto cuando una de las partes incumple las condiciones establecidas en el contrato, ya sea el patrón o el trabajador. También podría ocurrir que el patrón o su personal directivo sean quienes violenten el contenido del contrato engañándolo respecto a las condiciones de trabajo ó abusando del trabajador, entonces éste podrá demandar la rescisión del contrato laboral imable al patrón, siempre y cuando se separe del trabajo y presente la demanda ante la Junta correspondiente dentro del término de un mes a partir del día siguiente del hecho, de lo contrario prescribirá su derecho a ser indemnizado y a recibir los salarios adeudados  consignados en la ley laboral, además de la prima de antigüedad establecida en el artículo 162. Asesórese de abogado laboralista o acuda directamente a alguna instancia protectora del trabajador.