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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Marzo de 2013 00:18 2013-03-17 00:18 desde IP: 201.141.114.27
Si la notificación es legal, no puede hacer nada mas que ahorra para cubrir el laudo condenatorio. Una vez notificado el patrón debió contratar a un abogado especialista en la materia y concederle un poder para que lo representara en el proceso.
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