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  • Consulta : 190794
  • Autor : moylopez132
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  • Autor
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  • moylopez132
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Por ley se tienen que publicar edictos para que si haya mas personas que "se crean con derecho" se presenten ante el juez para que pidan ser reconocidos para la sucesion intestamentaria.

    Segunda, se puede manejar el valor catastral del bien, ya que es el monto minimo de venta de un bien inmueble. asi ya no se mandaria  a valuar puesto que el gobierno ya lo valuo por ti en el impuesto predial