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AutorRespuesta No: 310544
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Marzo de 2013 10:14 2013-03-13 10:14 desde IP: 201.148.31.125
Tienes derecho a tus partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacional, con relación al pago de utilidades, si tu empresa realizo reparto de utilidades y fuiste exluida (o) a pesar de tener derecho, tendrías que demandarlas ante la junta de Conciliación y arbitraje , con la aclaración de que dicha acción prescribe al cabo de un año a partir de que la Comisión nacional para la participacion de los trabajadores en las utilidades de las empresas determina el porcentaje correspondiente, por lo cual solo podrías exigir probablemente lo del año pasado y lo proporcional de este año, si es que hubiese habido utilidades.
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