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  • Consulta : 189978
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 310224

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Francamente su patrón es un imbécil si cree que por no tener contrato firmado se libra de la relación laboral, es él quien debe demostra la inexistencia de la relación. usted debe demandar el despido injustificado pero cuenta con sesenta días hábiles a partir del despido para hacerlo. Necesita los serivicios de un abogado especialista en la materia pero principalmente titulado, (cuidado con los coyotes) para que le explique los términos para demandar y las prestaciones. En cuanto a las firmas que menciona, son prueba plena de la relación laborar y su patrón sería más imbécil todavía si la exhibe en el juiicio, por el contrario es Usted quién debe reclamar mediante la prueba de inspección se exhiban los documentos con su firma. Su abogado le explica.