- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 189430
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 305887
-
Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Marzo de 2013 23:40 2013-03-06 23:40 desde IP: 189.234.223.139
si hay condena en gastos y costas... el juez no puede o debe restringirte... cono solo presentar tu cedula profesional... debes y puedes elevar ese derecho... amen de la tesis aislada de 1933 que preseto el colega... muy buena por cierto...
-
Autor





