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Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 189426
- Autor : Octavio Sol
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AutorRespuesta No: 305851
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Marzo de 2013 20:16 2013-03-06 20:16 desde IP: 189.178.128.162
Con relación a la consulta que hace, le sugiero que contrate alguno de mis compañeros de este foro.
Sugiero también que conteste la demanda y en el capítulo de prestaciones niegue todas las que refiere el acreedor, en cuanto al capítulo de hechos debe ser congruente haga saber al Juez que el documento base de acción presenta alteración total o parcial según el caso, por este motivo.
En todo proceso el demandado debe probar lo siguiente: que el documento crediticio fundatorio, presenta alteración parcial, muchos compañeros refieren que ese tipo de documentos son falsos, pero en materia forense nada es falso hasta que pruebe plenamente la alteración del documento crediticio.
Ofrezca la prueba pericial en documentoscopia y grafoscopia, la primera para acreditar los diversos tonos de tinta de escritura o impresión mecánica, se que alguno de ellos dirá lo siguiente: Que en nada influye ese elemento y que será condeno su familiar, pero no estoy de acuerdo con ellos, es el caso que infinidad de juicios dondé he participado, comó perito es demostrado la alteración del documento base en beneficio del deudor.
En la actualidad el Juicio Oral Mercantil, es muy peligroso, si se desahoga la prueba pericial en la audiencia decretada y no se objeta el dictamen del perito del actor o no sustenta el perito del demandado el contenido del referido, será condenado su familiar al pago.
La objeción de una prueba es de esta forma: el compañero debe tener conocimiento de los principios metodológicos y técnicas periciales que sustentan todo dictamen pericial, si al perito contrario en esa audiencia verbal no se le pregunta de forma correcta en cuanto las omisiones de investigación y contradicción pericial de nada sírve el desahogo de esta prueba.
Un dictamen pericial debe ser objetivo, cumplir con principios de metodología de investigación, en este caso muy en especial, nuestro comentario le podrá ayudar, se que el 99% de los peritos emiten su dictamen de forma subjetiva, pero lo increíble es que mis compañeros desconocen esas omisiones.
No me estoy aprovechando de este medio para que me conozca o me contrate, gracias a dios.
Sólo deseo ayudarle, al abrír esta página de consulta revise el enunciado, y me tome el atrevimiento de contestar, algún Doctor en Derecho, nos dijo en cátedra, no abarquen todas las materias pero en la que ejerzan sean los mejores.
Espero haber ayudado a Usted.
Atentamente
Octavio Solís Flores
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