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  • Consulta : 189257
  • Autor : Ferrer Patricia
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  • Autor
    Respuesta No: 305554

  • Ferrer Patricia
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches:

    Generalmente un Juez de lo Familiar le concede al acreedor alimentario un 15% por cada dependiente económico, pero hay que tomar en consideracion el sueldo que perciba el deudor alimentario, ya que los alimentos deben ser asequibles a quien los reciba y a quien los deba proporcionar. Ahora bien, habra que ver el estilo de vida que ha llevado usted y sus hijos durante el ultimo año, pues los alimentos se deben fijar tambien en proporción a esto. Quedo a sus ordenes, Lic. Ferrer, 04455 2844 0070 y mi correo es "ferrerjuridico">ferrerjuridico