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  • Consulta : 189020
  • Autor : rogeliotentle
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  • rogeliotentle
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    LIC.  FLANDES

    Una lección de derecho, se la agradecería; pero el Código Civil, todos tenemos uno en casa, no hay ninguna lección.

    Ahora yo le refiero a leer el Articulo 781 que usted mismo transcribe, ¿En que parte se menciona el 50% que usted refiere al consultante? Y esto en el supuesto de que el consultante hubiese ido al MP a consignar el objeto encontrado, pero dado que no se puso en almoneda, no aplica.

    Y de entrada, nada tiene que ver con tesoros un celular. Así que quedamos en lo mismo, habrá que declarar que se tenía la intención de ir al MP a entregar el objeto, pero no podríamos reclamar absolutamente ninguna ganancia al respecto, pues no aplican los supuestos descritos en los Articulos 776 al 783