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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Marzo de 2013 13:27 2013-03-04 13:27 desde IP: 189.244.91.231
Acudan a las "oficinas" del ejido y soliciten informacion de la venta de terrenos fraccionados o del terreno (completo) que le pertenece al vendedor, verifique que en efecto se pueden vender y de ser asi, por conducto del Tesorero del ejido les debera expedir una Carta de Posesion, la carta debe estar membretada y firmada por el Presidente ejidal, el Tesorero y Comisario. La Carta de Posesion no es una escritura ni se puede escriturar. Ahora, Si el vendedor tiene Titulo de Propiedad entonces deben acudir junto con el vendedor a una Notaria para que le realicen las Escrituras a su nombre. Los Titulos de Propiedad no se endosan.
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