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  • Consulta : 189013
  • Autor : consultor77
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  • Autor
    Respuesta No: 305408

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si puede demandarlo, y en representación de su hijo usted tiene la obligación de hacerlo, ya que el derecho es de su hijo.

    Por otro lado si usted no trabaja y se ha dedicado al cuidado del hogar, entonces también puede pedir una pensión para usted.

     

    Él en cualquier momento le puede demandar un régimen de convivencias, y de hecho no solo es un derecho del padre, sino del menor también por lo tanto es conveniente que usted se adelante y le demande la guarda y custodia del menor para que él no se lo pueda llevar definitivamente y además la pensión alimenticia a la que tiene derecho.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455

    52195456