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  • Consulta : 188485
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El recurso de revision en Amparo solo lo interponen las Autoridades demandadas. 

    El Amparo Directo debe acompañarse (minimo) de 5 copias simples (segun los demandados y terceros), una sexta copia es para acusar de recibido. No puede hacerse valer nuevos agravios pero si ampliarlos siempre y cuando se trae del "asunto". Se presenta ante el Tribunal que emitio la sentencia, solicitandole corra traslado a los Tribunales Colegiados de Circuito.