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  • Consulta : 188186
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 367837

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A ver:

    Las leyes se supone se formulan con estudios de fondo. Existe evidencia Psicologica que cuando los niños son pequeños le es indispensable la convivencia de la madre (porque ella los amamanta por ejemplo y que el padre no puede hacer ello aunado a que la leche de formula jamas sustituirá a la materna en proteccion de enfermedades) por ello de recien nacido hasta si mal no recuerdo a las 12 años los niños deben estar con la madre o los jueces asi lo señalan. Ella no debe preocuparse si tiene o no recursos porque su padre osea Usted... deberá de ministrarselos ya que es su obligación hacerlo. 

    Si usted se escusa para dar dichos alimentos CLARO QUE EXISTE UN DELITO PENAL que lo obligará a ministrarlos... cambia de nombre segun la entidad... en algunos es Abandono de personas, en otro abandono de la obligación de dar alimentos, en fin... pero en todos los estados se penaliza la negativa a ministrarlos o la dolosidad con la que quien debe proporcionarlos se constituye en un estado de insolvencia para no darlos. 

    Cuando las madres son desobligadas con los hijos... hablamos que los abandonan porque se van a fiestas o antros... puede usted pedir la custodia de los menores ante un tribunal... y una vez que sea demostrada su irresponsablidad perderá ese derecho y seguramente le será entregado a usted pero insisto SOLO EN CASO DE SER DEMOSTRADO sino ... ello podrá tener esa custodia de los menores. 

    El padre ... cuando la madre se dedica al hogar es el que esta LEGALMENTE OBLIGADO a ministrar dichos alimentosle guste a éste o no. Esto no se trata de ver quien es economicamente el mas solvente... insisto se trata de ver por el bienestar psicologico del menor y si el padre fuere un futbolista que gana 2 millones de pesos al mes y la madre una que vive en un basurero municipal.... no es motivo para dejar al menor en manos del padre... pero si... para embargarle el salario o bienes de su propiedad para garantizar el bienestar al menor 

    Los derechos del padre se aplicarán una vez que sean demostrados que la madre no cumple con cuidar a los niños... pero MANTENERLOS es obligación de usted. La ley no se aplicará a modo.... si un Juez ha decretado la custodia del menor en favor de la madre ... pues con la pena... y analizando su comentario.... lo que a usted le pesa no es que el menor no esta con usted... SINO DAR LA PENSION ... 

    Asi que... ni hablar... LEX DURA LEX ... la ley es dura pero es la ley a cumplir o seguramente enfrentará un proceso penal en una celda fria por la negativa a dar alimentos

     

    Saludos