Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 187738
  • Autor : abodgo
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 260
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 314727

  • abodgo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por ley 73, no creo que una pension por cesantia supere a una de invalidez, ya que el calculo de pensión por invalidez se calcula como si fuera vejez es decir como si ya tuviera mas de 65 años, como podría superarla una de cesantía a los 60 años y el riesgo de una suspensión de la ya otorgada es muy grande, claro lo anterior reserva de una mejor opinion o caso especifico