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  • Consulta : 187674
  • Autor : alevaz12
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  • alevaz12
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La incapacidad expedida por el imss suspende la relacion laboral sin obligacion de pago de sueldo por parte del patron, la incapacidad que le entraga el imss para que se le de al patron es para justificar las inasistencias del trabajador para que sean faltas justificables y no se de una baja por faltas injustificadas mayores a 3 dias y con esa incapacidad, el patron NO PAGUE al imss los dias de cotizacion que estuvo de enfermo.Quien paga tu salario en lugar del patron es el imss, que en este caso fue al 60% de tu salario registrado ante ellos.

    Saludos

     

    CP Alejandro Vazquez