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- Autor : Edgardo Perez
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AutorRespuesta No: 303693
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Febrero de 2013 16:47 2013-02-20 16:47 desde IP: 201.151.45.198
malva45
Por lo regular en los contratos de financiamiento en las clausulas explica que hay que hacer en caso muerte, por lo regular dice que es el albacea de la sucesion quien tendra personalidad juridica para realizar cualquier tramite referente al vehiculo.
El incumplimiento de ese contrato tiene como consecuencias mas intereses, por lo que si el señor tiene bienes inmuebles y aval le conviene inmediatamente inciar el Juicio Sucesorio.
Respecto a la negativa de procedencia del seguro por lo regular sucede que al firmar el contrato las aseguradoras para no hacer dictamenes medicos elaboran una carta donde el asegurado manfiesta estar perfectamente sano por lo que cuando se muere hacen valida esa carta, por eso te la rechazan. Lo que te recomiendo es sacar copia del expediente clinico, solicitar copia de la carta que te comento y copia del contrato del seguro consultes con un doctor y un abogado a ver si existe la manera de hacer valer el seguro, si no cuentas con los recursos puedes acudir a la conducef a que te apoyen y den la respuesta fundada.
Atentamente.
Lic. Edgardo Perez.
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