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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Febrero de 2013 12:04 2013-02-20 12:04 desde IP: 201.144.91.148
Shrek tiene razon no firmen nada hay una ley que se acaba de aprobar en diciembre LFT la indica los dias de salario por la muerte de transito y son efectivamente 5000 dias de salario minimo
Marco Jurídico
El artículo 1915 del Código Civil Federal (CCF), establece que en caso de daños que produzcan muerte, incapacidad total permanente, parcial permanente, total temporal o parcial temporal a las personas, se tomará como base lo que establezca la LFT en la materia.
Asimismo señala que para calcular la indemnización se tomará como base el cuádruplo del salario mínimo más alto en vigor en la región, extendiéndose al número de días que la LFT señale para cada una de las incapacidades.
Reformas
En este sentido la LFT contempla en su Artículo 502, una modificación importante, ya que aumenta considerablemente el monto de la Indemnización que corresponde en caso de muerte del trabajador, incrementándolo de setecientos treinta a cinco mil días de salario.
Así mismo, por su relevancia hemos tomado como referencia un ejemplo en materia Penal Federal, en donde el resultado por Indemnización resultará de sumar el número de días mencionados (cinco mil), más sesenta días por concepto de los gastos funerarios y el resultado multiplicado por el salario correspondiente, para posteriormente multiplicarlo por el factor 4; éste último de acuerdo a lo mencionado en el CCF, se puede ilustrar con el siguiente cuadro:
border="1" cellpadding="7" cellspacing="0" dir="LTR" width="511">Antes
de la Reforma
730 + 60 x $ 186.73 x 4 = $ 590,068
Después
de la Reforma
5000 + 60 x $ 186.73 x 4 = $ 3,779,416
En el ejemplo previo, aplican $186.73, "Salario Mínimo Profesional más alto", de acuerdo a lo que establezca la Autoridad Competente.
Existen diversas consideraciones para el cálculo anteriormente expuesto, entre ellas:
La dependencia del procedimiento legal que se ime y el salario correspondiente más alto, de la región donde ocurre el hecho.
Respecto al salario es importante mencionar lo siguiente:
Los salarios mínimos quedaron integrados de manera que lo que anteriormente conformaba la Zona Geográfica "B", se adiciona a la Zona Geográfica "A", y la Zona "C" cambia su denominación por la de Zona Geográfica "B".
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