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Fecha de respuesta: Martes 19 de Febrero de 2013 21:21 2013-02-19 21:21 desde IP: 189.156.239.31
Se refiere a que si ambos estan imposibilitados a "casarse" por el civil en el termino de un año despues de que se declare ejecutoriada la sentencia,, niusted ,ni ella se pueden casar con persona alguna hasta transcurrido ese termino,,, saludos y suerte!
lic.erick_valdivia(arroba) . com . mx
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