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  • Consulta : 187374
  • Autor : enajera
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  • enajera
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No puede ser ABANDONO DE HOGAR porque es el domicilio de los padres y NO EL CONYUGAL...

    Y como dicen un paso a la vez primero el divorcio y ya despues vez lo de la patria potestad...ahorita es importante que obtengas la acta circustanciada de porque te llevaste a la menor sin que te demande penalmente...