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AutorRespuesta No: 302835
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Febrero de 2013 16:58 2013-02-14 16:58 desde IP: 201.100.48.19
FALSO...si en el contrato de credito estaba pactada la exigibilidad de la totalidad del mismo, y en su demanda se te requirio el total....el depositar lo atrasado no te exime....por ello es que te piden celebres convenio judicial que habra de ser para pactar nuevo esquema de pagos via reconocimiento de adeudo...
En algunos casos se estipula "A la falta de pago de dos o mas mensualidades (amortizaciones) hara exigible la totalidad del credito....OJO analice bien su contrato antes de creer en comentarios sin conocimiento de causa
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