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AutorRespuesta No: 328470
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Octubre de 2013 17:45 2013-10-09 17:45 desde IP: 187.232.90.108
sin embargo, despues de que se dicta sentencia y en el caso de que en tu estado se sigan manejando las CAUSALES DE DIVORCIO el juez castiga a la persona que haya dado el motivo para contraer nuevas nupcias, como lo comenta la abogada Rosa Isela (a quien le mando un cordial saludo) puede ser un año o dos, sin embargo si usted se quiere "juntar" o vivir en "unión libre" CONCUBINATO, no es necesario esperar ese tiempo, pero SI PARA CONTRAER MATROMONIO.... saludos
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