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  • Consulta : 186435
  • Autor : MAYANEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 302444

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado:

    En las relaciones laborales por tiempo determinado, se debe detallar la naturaleza del trabajo y el por que es por determinado tiempo. Asimismo en este tipo de relaciones laborales la indemnización corresponde a la mitad del tiempo laborado cuando este no sea mayor a 1 año (como es el caso) lo anterior ce acuerdo con los articulos 37 y 50 de la Ley Federal del Trabajo.

    Artículo 37.- El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes:

    I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;

    II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y

    III. En los demás casos previstos por esta Ley.

    Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:

    I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al

    importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una

    cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de

    los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;

    II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días

    de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y

    III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres

    meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en

    el artículo 48 de esta Ley.

     

     

    En el caso que consultas es aplicable la fraccion I del articulo 50 antes trancrito.

    Saludos.