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  • Consulta : 186380
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 302323

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sí se los llevarán porque Usted debía en su momento presentar una tercería exhibiendo las facturas que acreditara la propiedad de los bienen muebles, pero si no lo hizo reconoció tácitamente que con los bienes garantizó el adeudo y por lo tanto sí podrán extraerlos del inmueble. Peor si una vez notificada no contestó la demanda, de nada le sirve no firmar el acta de exequendo o negar la personalidad si se dio por notificada.