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  • Consulta : 185520
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 301261

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, en primer lugar me parece que a los 80 años debiera ser al reves, es decir, que los hijos sean los que apoyen a esta persona mayor y no al reves, ¿y si no pagan la deuda? La señora se va a quedar sin un lugar en el cual vivir. Creo que las cosas que se dan asi, "regaladas" le quitan al hombre el coraje para superarse y salir adelante.

     

    En fin, la señora debe tramitar la sucesion, adjudicarse el bien y con ello podria hipotecar; sin embargo no creo que haya institucion financiera alguna que la acepte como deudora hipotecaria por su edad.