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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Febrero de 2013 09:20 2013-02-01 09:20 desde IP: 189.177.1.175
como rebesaste los quince años tienes derecho a que el patron liquide esos años por medio de la antiguedad te debe dar una cantidad por cada año laborado aparte de otras prestaciones por lo que debes asesorerte con un abogado y siempre pregunta en tu trabajo cuanto te van a dar si no estas de acuerdo no firmes nada .... suerte
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