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  • Consulta : 185052
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 300823

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si tiene bienes inmuebles a nombre de ambos... o las capitulaciones matrimoniales estuvieron registradas en el registro publico entonces deberà iniciar un juicio susesorio bajo las condiciones arriba propuestas por la colega.

    Si los bienes muebles e inmuebles estan a nombre de su señora madre y hasta ahorita el conyuge superstite no ha reclamado nada... solo inicie el susesorio entre los hermanos de usted y liosto.. se adjudican.. vendan la propiedad y listo

    Saludos