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AutorRespuesta No: 300823
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Enero de 2013 13:04 2013-01-31 13:04 desde IP: 189.234.19.25
Si tiene bienes inmuebles a nombre de ambos... o las capitulaciones matrimoniales estuvieron registradas en el registro publico entonces deberà iniciar un juicio susesorio bajo las condiciones arriba propuestas por la colega.
Si los bienes muebles e inmuebles estan a nombre de su señora madre y hasta ahorita el conyuge superstite no ha reclamado nada... solo inicie el susesorio entre los hermanos de usted y liosto.. se adjudican.. vendan la propiedad y listo
Saludos
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