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  • Consulta : 184265
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 300099

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Un tema tan polemico, desde luego va generar varias posturas, pero creo que Mexico desde hace un buen de tiempo ha tenido problemas con su poder judicial y del Mp ya ni hablamos, sigue igual, pero en lo que creo que debemos centrarnos desde la objetividad, es que si queremos tener un sistema de Seguridad Juridica, debemos respetar terminantemente lo contenido en Nuestra Constitucion, asi como lo dispuesto en los Tratados Internacionales. (art 133). Yo muchas veces en los foros y ponencias me duelo de como tratan a los Mexicanos en las cortes de los USA, asi como de muchos mexicanos detenidos en el extranjero. Y por ello creo que es bueno reflexionar lo siguiente: Si mexico es un pais de corte democratico y una vez que una persona pisa nuestro suelo, por ese simple hecho el Estado tiene la obligacion de concederle un estandar minimo de Derechos, uno de los cuales de significativa importancia es, justamente la posibilidad de que el extranjero sea asistido por algun miembro de la delegacion consular de su pais desde el momento mismo de su detencion.... lo cual no ocurrio y este derecho a la notificacion, contacto y asistencia consular represente el punto de encuentro entre el derecho nacional y el derecho internacional, que se encuentra suscrito Mexico por ratificacion de la camara de senadores, a traves de la convencion de viena, y si vamos mas alla, en el articulo 36 a nivel mundial no es visto como un mero requisito de forma, y se vuelve grave cuando se impide a un extranjero por autoridades policiales , Ministeriales o Judiciales, la posibilidad de que ejercite la garantia de adecuada defensa.

    Por ottro a nivel proceso creo que vale la pena mencionar  y casi seguro los Magistrados lo observaron y uno de ellos es que las autoridades rompieron el principio de buena fe Ministerial, pues si se recuerda debido a que se descubrio el montaje los reporteros agobiaron a SSP, al grado que  denisse Merker lo hizo publico en su programa de tv. punto de partida y tan solo 5 dias despues rondaron los fantasmas de una farsa.... luego entonces desde ahi el asunto se empezaba a caer, afectando terriblemente a verdaderas victimas de esos delitos, ello gracias a la indebida actuacion policial pues falto a los principios rectores de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, y por ello creo que es valido llevarlos a proceso a todos estos funcionarios, PROCURADOR, SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA y sus subalternos ello a fin de detener que se vuelva repetir, y creo que a esa televisora que se presto a ello, deben de vetar ese noticiero. Otro punto fundamental es la dilacion indebida en la puesta a disposicion del Mp, pues en lugar de ser puesta a disposicion la quejosa fue obligada a participar en el rodaje de un simulacro policial cuya finalidad era incriminarla, por otro lado se ha dicho que los testigos que participaron en el montaje fueron modificando una y otra vez sus versiones al grado de no saber que era verdad y que era mentira. y creo que los Tribunales originales, que conocieron, de forma erronea no excluyeron del caudal probatorio esas diligencias, pues a todas luces se volvieron pruebas ilicitas, y algo muy grave que pocos saben es que justamente  el reconocimiento de voz, se efectuo sobre un audio editado. pues con todo esto de entrada habla de una prueba ilicita, la cual contraviene las garantias de los ciudadanos sean mexicanos o extranjeros. amen de que al ser expuesta ante los medios de comunicacion en la forma como se hizo el trato fue degradante violando la presuncion de inocencia,y el mas importante de todos, la violacion de las reglas del debido proceso, pues jamas se tuvo certeza sobre la fecha y hora de su detencion.....pues todos quedo en indicios, que jamas alcanzaron el valor de prueba plena..... pero dejemos que mas compañeros opinen y respeto a la victimas de los delitos...

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