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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Enero de 2013 15:31 2013-01-24 15:31 desde IP: 189.244.86.213
En Breve: Los representantes legales pueden ser externos e internos, esto es, externo solo representa aquellos asuntos encomendados, por ejemplo, un contador o un abogado, los cuales tienen una paga por los servicios prestados; interno, es aquel que es socio y/o empleado el cual a parte de realizar labores propias del empleo, funge como representante para el objeto encomendado (Poder para pleitos y cobranzas, actos de administracion y de dominio) ya sea especifico, limitado y/o amplio con el cual pueda realizar (por ejemplo) aperturar cuenta bancaria y expedir cheques, comparecer ante las autoridades Federales, Estatales y Municipales, entre otros.
La Persona Moral puede ofrecerle empleo o solicitar que Usted le preste Servicios Profesionales, en ambos casos, la Persona Moral debera hacerle un contrato, ello con independencia que sea Apoderado Legal, solo que con el contrato tendra funciones especificas que le asignaran para desarrollar las labores en y de la empresa.
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