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AutorRespuesta No: 300628
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Enero de 2013 16:09 2013-01-30 16:09 desde IP: 189.244.112.111
1.- El contrato lo celebran el arrendador y arrendatario, por lo que es este documento ya realizado (que contiene los datos y las firmas) el que usted tendra bajo cuidado y custodia. Luego, el "otro" contrato que quieren firmar con usted es solo para el cuidado y resguardo y desde luego debe el contrato contener los nombres de ambos.
2.- Mande cambiar la chapa con el pretexto fundado de que es su responsabilidad y que cuando requieran ver alguno le soliciten abrir.
3.- Puede agregar varias clausulas al contrato, por ejemplo, que solo usted sera responsable de la guarda y custodia de los contratos por el tiempo que dure la contratacion laboral o usted prescinda de los servicios, siempre y cuando los documentos no sean sujeto a robo, violacion a la chapa u otro medio ilicito de sustraccion, asi como el mal uso que puedan darle las partes que intervienen en los contratos. etc......
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