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  • Consulta : 184141
  • Autor : elizh80
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  • Autor
    Respuesta No: 300628

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1.- El contrato lo celebran el arrendador y arrendatario, por lo que es este documento ya realizado (que contiene los datos y las firmas) el que usted tendra bajo cuidado y custodia. Luego, el "otro" contrato que quieren firmar con usted es solo para el cuidado y resguardo y desde luego debe el contrato contener los nombres de ambos.

    2.- Mande cambiar la chapa con el pretexto fundado de que es su responsabilidad y que cuando requieran ver alguno le soliciten abrir.

    3.- Puede agregar varias clausulas al contrato, por ejemplo, que solo usted sera responsable de la guarda y custodia de los contratos por el tiempo que dure la contratacion laboral o usted prescinda de los servicios, siempre y cuando los documentos no sean sujeto a robo, violacion a la chapa u otro medio ilicito de sustraccion, asi como el mal uso que puedan darle las partes que intervienen en los contratos. etc......