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  • Consulta : 183266
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 298962

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si renuncias... a lo que renuncias no es al trabajo... sino a las prestaciones laborales que tuvieras derecho....

    90 dias de indemnización constitucional...los pierdes...

    1 dia de aguinaldo de 2013...eso te corresponde

    las vacaciones y la prima vacacional de 2013....eso te corresponde...

    y pierdes... los 12 dias por cada año de servicios prestados.... si estos son menores a 15 años.... y que si lo fueran mas años de 15.... serian pagados al doble del salario minimo.... si tu salario el superior a esa suma.... lo que no es el caso...