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AutorRespuesta No: 299016
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Enero de 2013 08:37 2013-01-18 08:37 desde IP: 201.144.57.86
Estimado:
Si la aseguradora en su momento no pago lo que solicitaban por lesiones, seguramente es porque el monto no correspondia con las lesiones sufridas o el tratamiento necesario, aunado a que si detuvieron nuevamente a tu hermando fue derivado de su incumplimiento de acudir a firmar al juzgado. De haber cumplido se agotaba el procedimiento y una vez con sentencia la aseguradora tendria que cubrir el monto condenado.
Como ustedes tomaron la determinación de pagar, las mayoria de los seguros en su condiciones generales establecen como causales de exclusión el establecer cualquier tipo de arreglo o pago sin consentimiento de la compañia de seguros.
En este caso el incumplimiento fue de parte de ustedes y no de la compañia, obviamente puede demandar, sin embargo hay que revisar detenidamente sus condiciones generales, si embargo como a como Usted narra las cosas, sera complicado obtener una sentencia favorable.
Asimismo al concluir el proceso ante CONDUSEF, puede solicitar la expedición de un Dictamen Tecnico, el cual es un estudio hecho por CONDUSEF donde emite su opinión sobre la procedencia de su reclamación, asimismo CONDUSEF proporciona el servicio de representación legal para presentar la demanda respectiva, sin embargo es necesario cumplir con ciertos requisitos pues no dan el servicio a todo el publico.
Saludos.
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